GOBIERNO CORPORATIVO Y POLÍTICA DE REMUNERACIONES


En cumplimiento de la Circular 3/2017, de 29 de noviembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre obligaciones de publicidad a través de la página web de las Empresas de Servicios de Inversión en materia de gobierno corporativo y política de remuneraciones, Auriga Global Investors pone a su disposición la siguiente información:

1. Estatutos Sociales

2. Reglamentos y otras normas de organización de los órganos de gobierno y de las comisiones del consejo de administración:

En el Manual de Organización y Responsabilidades de la Sociedad se recogen las normas de organización del Consejo de Administración (ver punto 3.1 de dicho manual).

3. Estructura organizativa de la Sociedad, líneas de responsabilidad en la toma de decisiones y reparto de funciones en la organización.

Organigrama funcional.

La actividad de la Sociedad se articula siguiendo el Organigrama funcional; las líneas de responsabilidad en la toma de decisiones y reparto de funciones en la organización responden a la habituales de cualquier organización.

A continuación, se detalla cada uno de los órganos, comités, departamentos y áreas de actividad que integran la Sociedad de Valores, cuyos responsables operan bajo dependencia directa del Consejo de Administración.

  • Consejo de Administración.

  • Dirección General

  • Dirección.

  • Comités:

    • Comisión de Auditoría.

    • Comité de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.

    • Comité de Nombramientos y de Remuneraciones.

  • Unidad de Control:

    • Función de Gestión de Riesgos.

    • Función de Cumplimiento Normativo.

    • Otras funciones relativas a órganos de seguimiento.

  • Asesoría Jurídica.

  • Unidad de Servicios Centrales.

  • Unidad de Fron Office.

  • Unidad de Auditoría Interna.

  • Servicio de Atención al Cliente.

4. Descripción de los procedimientos establecidos para la identificación, medición, gestión, control y comunicación interna de los riesgos a los que esté o pueda estar expuesta Auriga Global Investors.

El sistema de control establecido por Auriga Global Investors está instrumentado en tres niveles.

En un primer nivel están los propios empleados de la Sociedad, que en el desempeño de sus funciones deberán extremar sus precauciones, ajustarse a los procedimientos establecidos y comunicar de inmediato cualquier tipo de incidencia o foco de riesgo que detecten.

En un segundo nivel está la Unidad de Control y la Unidad de Auditoría Interna, ambas dependientes directamente del Consejo de Administración de la Sociedad. Su principal función, además de localizar, cuantificar y controlar los riesgos que puedan afectar a la Sociedad y sus clientes, consistirá en realizar todas aquellas tareas tendentes a realizar un seguimiento muy estrecho de aquellos aspectos de la operativa diaria de la Sociedad que resultan más sensibles.

En un tercer nivel está el Consejo de Administración de la Sociedad, responsable de establecer y mantener una estructura organizativa adecuada y proporcionada, con líneas de responsabilidades bien definidas. A partir de la información que periódicamente le remiten la Unidad de Control y la Unidad de Auditoría Interna, deberán tomar las medidas adecuadas para subsanar las incidencias y focos de riesgo detectados. También se tiene en cuenta para ello las recomendaciones de los auditores externos.

En el Manual de Organización y Responsabilidades de la Sociedad se recogen con mayor nivel de detalle los controles establecidos para la identificación, medición, gestión, control y comunicación interna de los riesgos a los que esté o pueda estar expuesta Auriga Global Investors (ver especialmente el punto 3.5 de dicho manual, en el que se detallan las principales funciones y responsabilidades de la Unidad de Control en sus labores de Gestión de Riesgos y Cumplimiento Normativo).

5. Mecanismos de control interno de la Sociedad

La Sociedad cuenta con una Unidad de Control, nombrada por el Consejo de Administración, que desempeña las funciones de cumplimiento normativo y control de riesgos.

La Unidad de Control, para el correcto desarrollo de todas sus funciones, cuenta con personal con los conocimientos y experiencia profesional suficientes para el desarrollo de su función y tiene como responsable a una persona con suficiente formación y autoridad para promover su independencia, no implicado en funciones de contratación o prestación de los servicios y actividades que controla, relaciones con clientes, administración, liquidación o cobros y pagos.

Asimismo, deberá disponer de medios técnicos adecuados y tiene acceso a los procesos internos, registros, actividades y en general a la información necesaria para garantizar una amplia cobertura de su función con carácter permanente.

En el Manual de Organización y Responsabilidades de la Sociedad se recogen con mayor nivel de detalle los mecanismos de control interno de los riesgos a los que esté o pueda estar expuesta Auriga Global Investors (ver especialmente el punto 3.5 de dicho manual , en el que se detallan los principales mecanismos de control utilizados por la Unidad de Control en sus labores de Gestión de Riesgos y Cumplimiento Normativo, incluyendo el control de los procedimientos administrativos y contables.).

6. Criterios establecidos por Auriga Global Investors para la prevención de conflictos de interés:

En la Política de Conflictos de Interés de Auriga Global Investors puede consultar los criterios establecidos por la Sociedad para la prevención de Conflictos de Interés.

7. Composición del Consejo de Administración, identificación de los consejeros e identificación de la persona que ejerce el cargo de presidente del consejo de administración:

  • Presidente: D. Íñigo Resusta Covarrubias.

  • Vicepresidente: D. Enrique Martinavarro Ferrer.

  • Consejero: D. Rodrigo Hernando Ortega.

  • Consejero: D.ª. Beatriz Egea Pérez-Carasa.

Todos los nombramientos han sido adoptados con anterioridad a la creación del Comité de Nombramientos y Remuneraciones.

8. Información sobre Solvencia y remuneraciones:

Auriga Global Investors pone a su disposición el Informe de Solvencia de la Sociedad, en el que puede encontrar entre otros aspectos, la remuneración total devengada en cada ejercicio económico por los miembros del consejo de administración.

9. Comité de Nombramientos y Remuneraciones, y funciones atribuidas a este órgano:

  • Dicho Comité tiene atribuidas las siguientes funciones:

    • 1. Asegurarse de que la Sociedad dispone, en condiciones proporcionadas al carácter, escala y complejidad de sus actividades, de políticas de remuneraciones coherentes con la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva.

    • 2. Asegurarse de que la política de remuneraciones se aplica a las categorías de empleados cuyas actividades profesionales incidan de manera significativa en su perfil de riesgo, a nivel de grupo, sociedad matriz y filial. En particular, que se aplica a los altos directivos, a los empleados que asumen riesgos para la empresa de servicios de inversión, a los que ejercen funciones de control, así como a todo trabajador que reciba una remuneración global que lo incluya en el mismo baremo de remuneración que los anteriores, cuyas actividades profesionales incidan de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad.

    • 3. Asegurarse de que la política de remuneraciones se determina de conformidad con los principios generales previstos en los artículos 33 y 34 de la ley 10/2014, de 26 de junio, supervisando la remuneración de los altos directivos encargados de la gestión de riesgos y con funciones de cumplimiento y estableciendo los criterios objetivos para la fijación de la remuneración variable.

    • 4. Asegurarse de que la política de remuneraciones se determina de conformidad con los principios generales previstos en los artículos 33 y 34 de la ley 10/2014, de 26 de junio, supervisando la remuneración de los altos directivos encargados de la gestión de riesgos y con funciones de cumplimiento y estableciendo los criterios objetivos para la fijación de la remuneración variable.

    • 5. El Comité de Remuneraciones deberá informar la política general de retribuciones de los miembros del Consejo de Administración, directores generales o asimilados, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los miembros de Consejo de Administración que desempeñen funciones ejecutivas y velará por su observancia.

    • 6. Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre como alcanzar dicho objetivo.

    • 7. Identificar y recomendar, con vistas a su aprobación por el Consejo de Administración o por la Junta General, candidatos para proveer los puestos vacantes del Consejo de Administración.

    • 8. Evaluar el equilibrio de conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del consejo de administración y elaborar una descripción de las funciones y aptitudes necesarias para un nombramiento concreto, valorando la dedicación de tiempo prevista para el desempeño del puesto.

    • 9. Evaluar periódicamente, y al menos una vez al año, la estructura, el tamaño la composición y la actuación del Consejo de Administración, haciendo recomendaciones al mismo, con respecto a posibles cambios.

    • 10. Evaluar periódicamente, y al menos una vez al año, la idoneidad de los diversos miembros del Consejo de Administración y de éste en su conjunto, e informar al Consejo de Administración en consecuencia.

    • 11. Revisar periódicamente la política del Consejo de Administración en materia de selección y nombramiento de los miembros de la alta dirección y formularle recomendaciones.

    • 12. Cualquier otra prevista por la normativa vigente.

10. Acciones llevadas a cabo por el Comité de Nombramientos y Remuneraciones para asegurarse de la idoneidad y el cumplimiento de las normas de incompatibilidades de los miembros del consejo de administración, directores generales y asimilados:

  • Evalúa el equilibrio de conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del Consejo de Administración y elabora la descripción de las funciones y aptitudes necesarias para un nombramiento concreto, valorando la dedicación de tiempo prevista.

  • Valora la idoneidad de los cargos de conformidad con los criterios de honorabilidad, experiencia y buen gobierno establecidos en la normativa vigente, incluyendo las normas sobre incompatibilidades.

  • Evalúa periódicamente, y al menos una vez al año la idoneidad de los diversos miembros del consejo de administración y de éste en su conjunto, e informa al consejo de administración en consecuencia.

Adicionalmente, tanto la Unidad de Control como la Unidad de Auditoría Interna, realizan revisiones periódicas de todo lo relacionado con la Política de Nombramientos y Retribuciones.